Regulada los servicios de unificación de deudas

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Recurrir a un intermediario de crédito o a una empresa de reunificación de deudas en caso de problemas de solvencia sale caro y, hasta ahora, era una opción arriesgada. Ya está en vigor la nueva ley que regula la actividad de las entidades no financieras, lo que supone una mayor protección para el consumidor.

Una nueva normativa regula la concesión de préstamos y los servicios de intermediación que realizan empresas que no sean entidades de crédito, como las de reunificación de deudas. La aprobación de esta Ley es una buena noticia para los consumidores, que ahora gozarán de un mayor grado de protección en sus relaciones con estas empresas.

Con la nueva ley:

Hay mayores garantías para el consumidor. Todas las empresas deben estar inscritas en los registros de entidades específicos y han de contar con un seguro de responsabilidad civil o un aval bancario que cubra las posibles responsabilidades derivadas del ejercicio de su actividad.

Se dispone de más información. Las empresas deben tener información completa sobre las condiciones, y ponerla a disposición de los consumidores: por ejemplo, deben tener las condiciones generales de contratación, un libro de tarifas y gastos repercutibles, disponer de un folleto informativo con las condiciones del préstamo, de un tablón de anuncios… y también ofrecer toda la información previa al contrato, ajustándose a las mismas normas de transparencia que cualquier entidad bancaria.

Se regula la publicidad de las entidades. Al publicitar sus productos y servicios deben respetar varios principios: incluir la TAE en cualquier referencia al coste del préstamo, mencionar los gastos que conlleva la reunificación de varios préstamos o créditos. Además, la normativa prohíbe expresamente mencionar la reducción de la cuota mensual que se obtendría si no se menciona también el aumento del capital pendiente y del plazo del nuevo préstamo. Las empresas intermediarias deberán indicar en la publicidad que actúan como tal, aclarando si trabajan en exclusiva con una entidad o empresa, con varias o si actúan como intermediarios independientes. Sólo en este último caso podrán cobrar comisión, siempre y cuando presenten al consumidor al menos tres ofertas vinculantes.

Los contratos son más transparentes. El contrato es otro de los aspectos que revisa la nueva ley: debe cumplir las condiciones establecidas en la Orden de Transparencia, como si se tratara de un banco, y en los contratos de intermediación, se reconoce al consumidor un derecho de desistimiento, sin penalización, durante los catorce días siguientes a la formalización del contrato, sin necesidad de alegar causa alguna.

En resumen, esta normativa que ofrece una mayor protección al consumidor a la hora de contratar con este tipo de entidades, algo que desde la OCU llevábamos pidiendo mucho tiempo. Aun así, habrá que esperar hasta poder valorar su aplicación y el grado de cumplimiento.

En cualquier caso, hasta que estén las cosas más claras en el sector de los intermediarios de crédito y podamos valorar si los servicios que ofrecen son interesantes para el consumidor, la OCU recomienda negociar directamente con las entidades financieras, tanto para contratar nuevos préstamos como para resolver problemas de dificultad en los pagos, pues en principio, recurrir a intermediarios siempre supondrá un encarecimiento de la operación.

Fuente: ocu.org

Creditservices regula sus servicios de intermediación crediticia

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CreditServices ha firmado un acuerdo con la Agencia Catalana de Consumo (ACC) para adherirse a la Junta Arbitral de Consumo de Cataluña, un organismo autónomo de la Generalitat de Cataluña, dependiente del Departamento de Economía y Finanzas, cuyo objetivo es garantizar los derechos de los consumidores de bienes y productos y los usuarios de servicios.

En virtud del acuerdo, los establecimientos de CreditServices podrán colocar en un lugar destacado el distintivo oficial, así como utilizarlo en su publicidad, facturas y documentación. “Con este acuerdo damos un paso más en nuestro objetivo de ofrecer un servicio global al cliente, garantizándole la mayor calidad y transparencia de nuestro servicio”, señaló Javier López, presidente del Grupo CreditServices.

Además, anunció que el resto de oficinas provinciales se adherirán a las juntas arbitrales de cada comunidad autónoma. Para la Junta Arbitral de Consumo de Cataluña, adherirse supone “una confirmación más de la voluntad del sector profesional por incorporar la figura del arbitraje teniendo en cuenta la necesidad de mejora que tienen actualmente las empresas y de estimular y conservar la fidelidad del cliente”. Sobre la Junta Arbitral de Consumo de Cataluña La Junta Arbitral de Consumo de Cataluña es un organismo administrativo, adscrito a la Agencia Catalana del Consumo y al Departamento de Economía y Finanzas de la Generalitat de Cataluña, que se encarga de tramitar las reclamaciones que plantean los ciudadanos en toda Cataluña.

La adhesión de CreditServices a la Junta Arbitral de Consumo de Cataluña con fecha 26 de Marzo de 2009, ofrece una imagen de seriedad, credibilidad y profesionalidad que consolida la actitud hacia el cliente. De acuerdo con lo que establece el Estatuto de Autonomía de Cataluña corresponde a la Generalitat de Cataluña la competencia exclusiva en materia de consumo que incluye, entre otras cosas, la regulación de la información en materia de consumidores y usuarios.

Sobre CreditServices La capacidad de gestión de la enseña y su posición consolidada como líder en gestionar financiación le permite contar con productos exclusivos ofrecidos lógicamente por entidades financieras debidamente autorizadas por el Banco de España que le diferencian de la competencia y ofrecer las mejores soluciones a las necesidades de financiación del cliente, empresas y particulares.

Por otra parte, CreditServices cuenta con el Certificado de Calidad ISO 9001, el Certificado Qualicer SGS, y el Distintivo de Calidad de la AEF (Asociación Española de Franquiciadores), primer miembro de ASNEF sin dicha bancaria, Miembro de Fédération Européenne des Conseils et Intermédiaires Financiers (Bruselas) y ha sido admitido como asociado en Autocontrol de la Publicidad y Confianza On line para garantizar la transparencia de sus mensajes publicitarios y defender una publicidad veraz, honesta y leal.

EMISOR:CreditServices.

Fuente: Notas de Prensa.

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